ANÁLISIS DE LA DIRECTIVA EUROPEA 98/83/CE: PARADIGMA DE LA JUSTIFICACIÓN Y ESTABLECIMIENTO DE LOS VALORES PARAMÉTRICOS. EL CASO CONCRETO DE LOS PLAGUICIDAS (Analysis of the European Directive98/83/EC: Paradigm of the Justification and Establishment of Parametric Values. The Specific Case of Pesticides)
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ANÁLISIS DE LA DIRECTIVA EUROPEA 98/83/CE: PARADIGMA DE LA JUSTIFICACIÓN Y ESTABLECIMIENTO DE LOS VALORES PARAMÉTRICOS. EL CASO CONCRETO DE LOS PLAGUICIDAS (Analysis of the European Directive98/83/EC: Paradigm of the Justification and Establishment of Parametric Values. The Specific Case of Pesticides)

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Resumen
La protección de la salud a la vez que se garantiza el acceso al agua potable a toda la población es uno de los objetivos principales a nivel mundial. En ese sentido, la Unión Europea, a través de la Directiva 98/83/CE, establece los parámetros y valores paramétricos máximos admisibles para garantizar la calidad del agua destinada al consumo humano. El objetivo de este artículo es dar una visión global de los valores establecidos en la Directiva Europea en comparación con otros países y organizaciones, como la Organización Mundial de la Salud, en
base a su justificación toxicológica, haciendo especial mención al caso concreto de los plaguicidas, en los que existe una gran diferencia entre los valores paramétricos fijados. Asimismo, se presenta una comparativa
con los valores establecidos por la Directiva 91/414/CEE para límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos, destacando la importancia de aunar criterios.
Abstract
The health protection while ensuring the access to safe drinking water to the entire population is one of the main objectives all over the world. In this regard, the European Union, through Directive 98/83/EC,
sets the parameters and maximum allowable parametric values to ensure the quality of water intended for human consumption. The aim of this paper is to give an overview of the values established in the European
Directive in comparison with other countries and organizations, such as the World Health Organization, based on toxicological justification, doing special mention to the case of pesticides, in which there is great
difference between the parametric values set. It also presents a comparison with the values fixed by the Directive 91/414/EEC concerningmaximum residue limits of pesticides in food, highlighting the importance of
joining criteria.

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Publié le 01 janvier 2012
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Langue Español

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Rev Esp Salud Pública 2012; 86: 21-35. N.º 1 - Enero-Febrero 2012
COLABORACIÓN ESPECIAL
ANÁLISIS DE LA DIRECTIVA EUROPEA 98/83/CE: PARADIGMA DE LA JUSTIFICACIÓN

Y ESTABLECIMIENTO DE LOS VALORES PARAMÉTRICOS.

EL CASO CONCRETO DE LOS PLAGUICIDAS

Marta de la Cruz Vera (1,2), Juan Manuel Palero Sanz (2), Rafael Lucena Rodríguez (1), Soledad
Cárdenas Aranzana (1) y Miguel Valcárcel Cases (1).
(1) Departamento de Química Analítica. Universidad de Córdoba (UCO).
(2) Empresa Provincial de Aguas de Córdoba (EMPROACSA).
Artículo de revisión realizado mediante el Convenio de Colaboración entre la Empresa Provincial de
Aguas de Córdoba (EMPROACSA) y el Grupo FQM-215 (Dpto. Química Analítica) de la Universidad de
Córdoba.
RESUMEN ABSTRACT
La protección de la salud a la vez que se garantiza el acceso al agua Analysis of the European Directive
potable a toda la población es uno de los objetivos principales a nivel 98/83/EC: Paradigm of the Justification mundial. En ese sentido, la Unión Europea, a través de la Directiva
98/83/CE, establece los parámetros y valores paramétricos máximos and Establishment of Parametric Values.
admisibles para garantizar la calidad del agua destinada al consumo hu-
The Specific Case of Pesticides mano. El objetivo de este artículo es dar una visión global de los valo-
res establecidos en la Directiva Europea en comparación con otros paí- The health protection while ensuring the access to safe drinking
ses y organizaciones, como la Organización Mundial de la Salud, en water to the entire population is one of the main objectives all over the
base a su justificación toxicológica, haciendo especial mención al caso world. In this regard, the European Union, through Directive 98/83/EC,
concreto de los plaguicidas, en los que existe una gran diferencia entre sets the parameters and maximum allowable parametric values to ensu-
los valores paramétricos fijados. Asimismo, se presenta una comparati- re the quality of water intended for human consumption. The aim of this
va con los valores establecidos por la Directiva 91/414/CEE para lími-
paper is to give an overview of the values established in the European tes máximos de residuos de plaguicidas en alimentos, destacando la im-
Directive in comparison with other countries and organizations, such as portancia de aunar criterios.
the World Health Organization, based on toxicological justification,
Palabras clave: Agua potable. Parámetros. Valores de referencia. doing special mention to the case of pesticides, in which there is great
Valores límites del umbral. Plaguicidas. Salud pública. Legislación. difference between the parametric values set. It also presents a compari-
son with the values fixed by the Directive 91/414/EEC concerning maxi-
mum residue limits of pesticides in food, highlighting the importance of
joining criteria. Correspondencia

Keywords: Drinking water. Parameters. Reference values. Thres-Marta de la Cruz Vera.

hold limit values. Pesticides. Public health. Legislation. Departamento de Química Analítica.

Edificio Maire Curie (Anexo), Campus de Rabanales.

Universidad de Córdoba

mcruz@aguasdecordoba.es
Marta de la Cruz Vera al.
INTRODUCCIÓN El objetivo del presente trabajo es dar
una visión global de los parámetros y
El agua constituye un elemento esen- valores fijados en la Directiva Europea
3cial para la vida, siendo el acceso a la mis- 98/83/CE , haciendo especial énfasis en
ma uno de los derechos humanos básicos. el caso de los plaguicidas, mediante el
Este hecho queda plasmado en las políti- análisis y comparación con los estableci-
cas de protección de la salud a nivel mun- dos en otros países, así como la justifica-
dial, en las que este derecho es uno de los ción toxicológica de los mismos. Igual
1principales componentes . Así, una de las procedimiento se sigue respecto a los
valores aceptados en alimentos con objeto metas de los Objetivos de Desarrollo del
de ver las similitudes y diferencias esta-Milenio de la Organización de las Nacio-
blecidas en contraposición con el agua de nes Unidas es reducir a la mitad, para el
consumo. año 2015, el porcentaje de personas sin
acceso sostenible al agua potable y a ser-
2 DIRECTIVA 98/83/CE: PARÁMETROS vicios básicos de saneamiento .
Y VALORES PARAMÉTRICOS
ESTABLECIDOS Esta tendencia a la mejora continua de
la protección de la salud da lugar al esta-
La Directiva 98/83/CE surgió en la Unión blecimiento y actualización periódica de
Europea como respuesta a la necesidad de las Guías y Normas para la calidad del
adaptación al progreso técnico y científico agua de consumo humano. En ese sentido,
de la Directiva 80/778/CEE relativa a la el abanico de sustancias abarcadas por
calidad de aguas de consumo humano, redu-dichos documentos, así como la mayor
ciendo a cuarenta y ocho el número de pará-exigencia en los límites de concentración
metros que los Estados miembros estaban permitidos, va cambiando acorde con el
obligados a vigilar, centrándose en el cum-aumento de la información toxicológica
plimiento de los parámetros esenciales de disponible y con la mejora de las técnicas 3calidad y salud .
analíticas para su detección.
En ella se pone de manifiesto la necesi-
Las Guías para la calidad del agua pota- dad de fijar valores individuales para los
ble desarrolladas por la Organización parámetros de sustancias que son significa-1 Mundial de la Salud (OMS) proporcio-
tivas en toda la Comunidad, basados en los
nan una base científica de partida que conocimientos científicos disponibles y en
pueden utilizar las autoridades nacionales el principio de prevención mediante la eva-
para el desarrollo de Reglamentos y Nor- luación del riesgo para, de esta manera,
mas sobre el agua de consumo. Estas poder asegurar que el consumo de las aguas
guías se basan en los datos toxicológicos por las personas pueda realizarse de manera
aportados por el Centro Internacional de segura durante toda la vida con un alto nivel
Investigaciones sobre el Cáncer (IARC o de protección de la salud. En ese sentido, los
8CIIC) . De esta manera cada país, toman- parámetros incluidos en la Directiva poseen
do los valores guía de la OMS como refe- un valor paramétrico o una mención acerca
rencia, puede establecer los parámetros y de que debe ser “aceptable para los consu-
valores paramétricos (nivel máximo o midores” y/o “sin cambios anómalos”.
mínimo fijado para cada uno de los pará-
metros a controlar) en función de las Asimismo, la Directiva establece que los
características de las aguas destinadas a parámetros seleccionados y los valores
consumo humano y las sustancias presen- paramétricos establecidos se basan en gene-
tes en ellas. ral en las recomendaciones sobre calidad
22 Rev Esp Salud Pública 2012, Vol. 86, N.º 1 ANÁLISIS DE LA DIRECTIVA EUROPEA 98/83/CE: PARADIGMA DE LA JUSTIFICACIÓN Y ESTABLECIMIENTO DE LOS VALORES PARA...
1 Por otra parte, la Directiva deja en manos del agua potable de la OMS y en el dicta-
de los Estados miembros el establecimiento men del Comité científico consultivo de la
de valores para parámetros distintos de los Comisión para el estudio de la toxicidad y
incluidos en ella, o de valores paramétricos de la ecotoxicidad de los compuestos quími-
más estrictos, en el caso de que sea necesa-cos. Sin embargo, en ningún momento se
rio para proteger la salud humana previa hace referencia de manera específica a la
3notificación a la Comisión . justificación de la selección de cada pará-
metro en base a su toxicidad, a los valores
A continuación se van a comparar y ana-establecidos, ni tampoco se hace alusión de
lizar los valores paramétricos establecidos forma concreta a aquellos documentos de
en la Directiva con los fijados por otros paí-los cuales se han tomado dichas referencias.
ses a excepción de los plaguicidas, a los que No obstante, Hecq et al., afirman que, ade-
se dedicará un apartado individual. En el más de los parámetros justificados en base a
anexo 1 se muestran las clasificaciones esta-la OMS, para algunos de ellos se utilizó una
8 9blecidas por el IARC y por la EPA , en base aproximación distinta, y para otros se con-
al potencial carcinogénico, a las que se hará sultó al Comité citado anteriormente. Entre
referencia en los siguientes apartados. En el estos últimos se encuentran: el plomo, los
caso de la EPA actualmente conviven dos hidrocarburos aromáticos policíclicos
clasificaciones debido a la actualización en 4(HAPs), los plaguicidas, el cobre y el boro .
2005 de las Guías para la evaluación del
riesgo carcinogénico, y a la no finalización Este hecho contrasta con la normativa
de la evaluación de to

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